En el marco del modelo de gerencia pública 4.0 versión 2, la Subsecretaría de Talento Humano ha emitido una circular dirigida a secretarios, directores, subsecretarios y jefes de oficina para recordar las responsabilidades de los superiores jerárquicos en relación con los acuerdos de gestión. 

Estos acuerdos son una herramienta clave para fortalecer la gestión institucional y alcanzar las metas propuestas por la administración municipal.

Se debe tener en cuenta que el modelo de gerencia pública 4.0 se basa en los siguientes cuatro pilares fundamentales:

1. Producción Social: Enfocado en el cumplimiento del 100% del Plan Operativo Anual (POA) de cada oficina y en la creación de proyectos de innovación, los cuales deben tener dos objetivos obligatorios:

  • Cumplimiento del 100% del POA (Ponderación del 60%) 
  • Se debe crear un proyecto de innovación (Ponderación 10%) 

2. Construcción de un Código de Integridad: Promueve el cumplimiento de leyes, reglas y valores dentro de la entidad.

3. Gestión Cultural: Busca identificar y fortalecer las prácticas culturales que agregan valor a la entidad.

4. Desarrollo de Personas y Equipos: Se enfoca en el aprendizaje y la transferencia de conocimientos para el crecimiento institucional a mediano y largo plazo.

Los acuerdos de gestión se desarrollan en tres fases: concertación - formalización, seguimiento - evaluación y cierre. Durante estas etapas, tanto el gerente público como el superior jerárquico acuerdan los objetivos y evaluaciones que serán monitoreados por la Subsecretaría de Talento Humano.

Condiciones de los acuerdos de gestión:

  • Se pactan por una vigencia anual, la cual debe coincidir con los periodos de programación y evaluación previstos en el ciclo de planeación de la entidad. 
  • Se deben suscribir en un plazo no mayor de dos (2) meses contados a partir de la fecha de posesión en el cargo.
  • Deben ser objeto de seguimiento permanente por parte del superior jerárquico, para la Subsecretaría de Talento Humano se pactan dos seguimientos a mitad del año y finalizar año.
  • Los gerentes públicos son evaluados por el superior jerárquico en el término máximo dos (2) meses a partir de la finalización de la vigencia del acuerdo.   
  • En caso de ser el superior jerárquico el que por alguna razón sea el que salga de su cargo debe dejar realizando la evaluación y cierre de los acuerdos de gestión que suscribió.
  • Los acuerdos de gestión deben ser flexibles y susceptible a cambios y ajustes en el momento que sea necesario, deben informar de los cambios a talento humano anexando el nuevo acuerdo firmado con los respectivos ajustes.
  • En caso de que el superior jerárquico renuncie a su cargo, debe dejar realizando la evaluación y cierre de los acuerdos de gestión que suscribió.

Finalmente, la Subsecretaria de Talento Humano, Tatiana Ortega, enfatizó la importancia de la flexibilidad y adaptabilidad de estos acuerdos, destacando que cualquier cambio necesario debe ser notificado y registrado adecuadamente. Además, se recordó a los gerentes públicos y superiores jerárquicos la necesidad de firmar nuevos acuerdos en caso de cambios de personal, para asegurar la continuidad de la gestión.

Consulta la circular 057 del 09 de octubre del 2024 aquí