En el marco del modelo de gerencia pública 4.0 versión 2, la Subsecretaría de Talento Humano ha emitido una circular dirigida a secretarios, directores, subsecretarios y jefes de oficina para recordar las responsabilidades de los superiores jerárquicos en relación con los acuerdos de gestión.
Estos acuerdos son una herramienta clave para fortalecer la gestión institucional y alcanzar las metas propuestas por la administración municipal.
Se debe tener en cuenta que el modelo de gerencia pública 4.0 se basa en los siguientes cuatro pilares fundamentales:
1. Producción Social: Enfocado en el cumplimiento del 100% del Plan Operativo Anual (POA) de cada oficina y en la creación de proyectos de innovación, los cuales deben tener dos objetivos obligatorios:
- Cumplimiento del 100% del POA (Ponderación del 60%)
- Se debe crear un proyecto de innovación (Ponderación 10%)
2. Construcción de un Código de Integridad: Promueve el cumplimiento de leyes, reglas y valores dentro de la entidad.
3. Gestión Cultural: Busca identificar y fortalecer las prácticas culturales que agregan valor a la entidad.
4. Desarrollo de Personas y Equipos: Se enfoca en el aprendizaje y la transferencia de conocimientos para el crecimiento institucional a mediano y largo plazo.
Los acuerdos de gestión se desarrollan en tres fases: concertación - formalización, seguimiento - evaluación y cierre. Durante estas etapas, tanto el gerente público como el superior jerárquico acuerdan los objetivos y evaluaciones que serán monitoreados por la Subsecretaría de Talento Humano.
Condiciones de los acuerdos de gestión:
- Se pactan por una vigencia anual, la cual debe coincidir con los periodos de programación y evaluación previstos en el ciclo de planeación de la entidad.
- Se deben suscribir en un plazo no mayor de dos (2) meses contados a partir de la fecha de posesión en el cargo.
- Deben ser objeto de seguimiento permanente por parte del superior jerárquico, para la Subsecretaría de Talento Humano se pactan dos seguimientos a mitad del año y finalizar año.
- Los gerentes públicos son evaluados por el superior jerárquico en el término máximo dos (2) meses a partir de la finalización de la vigencia del acuerdo.
- En caso de ser el superior jerárquico el que por alguna razón sea el que salga de su cargo debe dejar realizando la evaluación y cierre de los acuerdos de gestión que suscribió.
- Los acuerdos de gestión deben ser flexibles y susceptible a cambios y ajustes en el momento que sea necesario, deben informar de los cambios a talento humano anexando el nuevo acuerdo firmado con los respectivos ajustes.
- En caso de que el superior jerárquico renuncie a su cargo, debe dejar realizando la evaluación y cierre de los acuerdos de gestión que suscribió.
Finalmente, la Subsecretaria de Talento Humano, Tatiana Ortega, enfatizó la importancia de la flexibilidad y adaptabilidad de estos acuerdos, destacando que cualquier cambio necesario debe ser notificado y registrado adecuadamente. Además, se recordó a los gerentes públicos y superiores jerárquicos la necesidad de firmar nuevos acuerdos en caso de cambios de personal, para asegurar la continuidad de la gestión.